La real academia de la lengua española define una persona recta así:
recto, ta. (Del lat. rectus).
1. adj. Que no se inclina a un lado ni a otro, ni hace curvas o ángulos.
2 adj. Que va sin desviarse al punto donde se dirige.
3 adj. Justo, severo e intachable en su conducta.
jueves, 1 de noviembre de 2007
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